Todos invitados a participar del V Foro Virtual Internacional de Derecho
Todos invitados a participar del V Foro Virtual Internacional de Derecho
El evento está abierto a la ciudadanía, especialmente para estudiantes, profesores litigantes y para cualquier estudioso de ciencias como: la sociología, filosofía, los estudios culturales y la jurídica.
Manizales, 7 de octubre del 2020. Desde
la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UManizales ya son cuatro los encuentros
que se han consolidado en torno al Foro Virtual Internacional de Derecho: “una
visión latinoamericana”.Ahora, la
institución y la Asociación Euroamericana de
Derechos Fundamentales se preparan para continuar generando conocimientos
jurídicos en su quinto foro que tendrá lugar el jueves, 8 de octubre, a partir
de las 2:00 p.m.
Según Juan David Jurado Ocampo, integrante del comité coordinador del evento y profesor investigador de la UManizales, el tema que más ha despertado interés, a lo largo de las sesiones, se relaciona con el control de convencionalidad. A continuación, conozca algunas preguntas frecuentes en torno a este escenario del derecho:
¿Qué significa control de convencionalidad?
Es un
tratado internacional de derechos humanos mediante el cual los países firmantes
aceptan las interpretaciones que sus órganos especializados hagan de la
convención. Dichos órganos son: la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(IDH) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Estos pretenden una
recepción y tratamiento uniforme, por parte de los estados participantes, para
procurar una solución común de los grandes problemas o evitar que se repitan.
¿Cómo
se resuelve un conflicto que se presenta entre los derechos del estado y los pactados
en la convención?
No es
sencillo toda vez que existen países con mayor resistencia que otros para
cumplir las decisiones adoptadas por los órganos especializados del Sistema
Interamericano de Derechos Humanos.Dos
soluciones podrían ser: la interpretación conforme (figura jurídica que permite
la materialización efectiva y expansiva de los derechos fundamentales en un
territorio) o el margen de apreciación (el campo de acción e interpretación de
los derechos fundamentales dejado a las autoridades soberanas del estado y a
los jueces internacionales) para lograr, mediante decisiones debidamente
argumentadas, que se cumplan y se adapte el ordenamiento jurídico interno.
¿Cómo el control de convencionalidad afronta la incertidumbre que presentan algunos gobiernos latinoamericanos en relación con su marco jurídico?
Solo se
podrá lograr con un sistema de control constitucional oportuno y efectivo que
garantice la protección de los derechos humanos cumpliendo con los estándares
internacionales.
¿Considera que la ciudadanía, no necesariamente con
formación jurídica, debe conocer sobre el control de convencionalidad? ¿Por
qué?
Todo
ciudadano debe conocer sobre el control de convencionalidad, ya que
precisamente los derechos humanos protegen a las personas. Las decisiones de
las altas cortes internacionales condenan a los estados obligándolos a adoptar
las decisiones o a reformar el ordenamiento jurídico que garantice la
reparación y la no repetición.
¿Cómo el control de convencionalidad respeta las realidades
y diferencias culturales de cada estado, esto anclado al tema de los derechos
humanos?
Es
necesario analizar las enseñanzas del profesor alemán Peter Haberle, quien
incluye elementos sociológicos y culturales en el derecho constitucional y en
la descripción del estado social de derecho. No se considera que el control de
convencionalidad afecte la cultura de un determinado país, eso es parte del
margen de apreciación y la idiosincrasia que lo caracteriza.
La Universidad de Manizales y la Facultad de Ciencias Jurídicas los invita a sumarse a este quinto foro ingresando a:https://youtu.be/elkIYXyGEoQ